Reglamento Estudiantil

CAPÍTULO II: DERECHOS, ATRIBUCIONES, PROHIBICIONES Y ESTÍMULOS DE LOS EDUCANDOS

Art. 69. Las Relaciones Interpersonales

La cortesía y el respeto mutuo debe ser la regla básica para las relaciones entre todos los miembros de la Comunidad Escolar. Sin embargo, las faltas en este aspecto, como las de carácter disciplinario o académico significarán la aplicación de sanciones como: Amonestación Verbal, Amonestación Escrita en el Libro de Clases, citación al Apoderado, elevarlo al SISEVE o cualquier estamento público según el caso lo amerite.

Son consideradas faltas graves de respeto hacia la comunidad las siguientes actitudes:

1. Fuera de la Institución, y vistiendo el uniforme, no debe fumar, insultar o agredir física o verbalmente a personas, hacer disturbios en lugares públicos o actos que vayan en perjuicio de terceros.

2. Utilizar lenguaje grosero y modales inadecuados tanto dentro como fuera de la Institución.

3. La agresión física o psicológica a personas dentro de la Institución, como en actividades deportivas o salidas programadas en la que se representa a la Institución CEPEBAN.

4. Intimidar, amenazar o abusar de los compañeros.

5. Portar o fumar cigarros en la Institución.

6. Traer o consumir bebidas alcohólicas y drogas en la Institución.

7. Traer cualquier tipo de material pornográfico a la Institución.

8. Escupir en las salas de clases, pasillos, escaleras.

9. En caso de enamoramiento con alguien de la Institución, tener un comportamiento correspondiente al de un recinto educacional dentro y fuera de la Institución. Las actitudes no adecuadas reiteradas serán motivo de citación del apoderado y aplicación de sanciones.

Art. 70. De las Obligaciones

1. Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa

2. Asumir su rol de estudiante asistiendo oportuna y puntualmente al cumplimiento diario de todas sus labores y a las actividades programadas por el establecimiento, conforme al horario que se les asigne.

3. Asistir a toda actividad curricular y complementaria que la Institución establezca, o que las áreas requieran.

4. No se podrá ingresar a la Institución con objetos de valor, así como con artículos electrónicos tales como celular, radios, personal estéreo, CD player, gameboy, juegos electrónicos, juegos de rol u otro elemento que perturbe las normales actividades docentes de la Institución. El aparato será requisado, y sólo será devuelto al apoderado al término del trimestre; en caso de reincidencia, este será devuelto al término del año escolar.

5. La Institución no se responsabiliza por la pérdida de estos u otros objetos.

6. Cumplir con los trabajos solicitados por los profesores, en las fechas establecidas, y de acuerdo a los criterios señalados por el docente.

7. Mantener los cuadernos al día, legibles y ordenados, así como los materiales, apuntes o guías trabajados en clases.

8. El alumno que se ausente a clases, deberá, él y/o apoderado, responsabilizarse de conseguir y actualizar las materias respectivas.

9. Cuidar y no dañar el mobiliario de la Institución, material didáctico, salas, talleres, laboratorios, biblioteca y, en general, todos los elementos y dependencias del establecimiento; en caso contrario, el alumno, deberá reponer lo deteriorado.

10. Velar por las pertenencias de su propiedad como las de sus compañeros (libros, mochilas, cuadernos, etc.)

11. No Manipular los partes de clases.

12. Durante los recreos, los alumnos deberán abandonar la sala de clase, con el objeto de permitir la ventilación de esta, y otros beneficios que esto conlleva.

Art. 71. De la Presentación Personal

1. Deberán mantener una correcta presentación personal de acuerdo a los criterios de la Institución, lo que incluye cabello corto y parejo, afeitado, con el uniforme ordenado, calzado limpio y en buen estado. Y las alumnas deberán estar con el cabello ordenado y sin tintura ni maquillaje.

2. Uso completo del uniforme (especificado en la Circular Número 3)

3. No se permitirá el uso de prendas de abrigo que no sean las correspondientes al uniforme del colegio (Chaquetones de colores, etc.).

4. Para las clases de Educación Física no se aceptarán prendas diferentes a las del uniforme, solamente el buzo oficial de la Institución completo, polos, shorts, pantaloneta, medias blancas, zapatillas blancas.

5. El uso del buzo es exclusivo para la clase de Educación Física o Taller Deportivo, no se permitirá su uso en otros horarios, que no se establecido por la dirección de la Institución.

6. No se debe sacar la corbata durante la jornada escolar o usarla por sobre el uniforme.

7. No usar la camisa fuera del pantalón o falda.

8. No se permite el uso de joyas y/o adornos extravagantes.

9. El “piercing” y los aros (alumnos), no se permitirán en la Institución.

10. Bajo la camisa sólo se permite el uso de camisetas blancas, no poleras estampadas ni de color.

11. Debe utilizarse el pantalón oficial del uniforme, no de otro tipo. Pantalón gris.

Art. 72. De los Horarios

1. El Establecimiento se abre a las 7:40 Hrs. A.M. y las actividades docentes comienzan a las 8:00 Hrs. Los alumnos deben llegar algunos minutos antes del toque de campana.

2. Las Actividades Complementarias funcionarán en días y horarios fijados y comunicados oportunamente.

3. La permanencia de los alumnos en el establecimiento después del horario de clases es de exclusiva responsabilidad de los apoderados.

Art. 73. De las Inasistencias

1. Cada vez que el alumno falte, este deberá presentarse con su apoderado, quien deberá justificar la inasistencia de su hijo

2. Las inasistencias acontecidas en días con toma de evaluaciones parciales, podrán justificarse con la presencia del Apoderado en la Institución dentro de las 24 hrs. siguientes a la fecha de ésta. En el caso de las evaluaciones trimestrales, sólo se podrán justificar con certificado médico. En caso contrario el alumno será calificado con nota 05 (cero cinco). En el caso de inasistencias por viaje, se deberá justificar a lo menos 48 hrs. antes de la aplicación de la(s) evaluación(es).

3. El alumno que justifique su inasistencia a la prueba podrá rendirla la última semana del término del trimestre, aunque se le acumulen más de tres pruebas.

4. Las notas 05 (cero cinco) por inasistencia injustificada no se borrarán.

5. La reincidencia de esta falta será causal de condicionalidad de matrícula.

Art. 74. De los Atrasos

1. Al completar 3 atrasos en una misma semana, el alumno deberá cumplir horas extraordinarias en la Institución, realizando actividades de complementación académicas.

Art. 75. Del Fraude

1. Todo alumno que sea sorprendido copiando en pruebas o tratando de engañar en sus trabajos, obtendrá nota 0,0 (cero, cero), siendo evaluación parcial o final. No tiene derecho a modificarse la nota, ni desarrollar otras evaluaciones distintas a las contempladas para mejorar la nota. Los casos reiterados serán materia del Consejo de Profesores para aplicar medidas disciplinarias.

Art. 76. De las Tareas, Visitas de Estudio y/o Trabajos de Campo

a) Las tareas escolares, serán significativas y dosificadas, tal y como lo establece el Ministerio de Educación en la R.M. Nº 657 – 2017 – MINEDU a cada una de las secciones del nivel secundaria.

1. Arte, Educación para el trabajo y Educación Física, dejarán un proyecto por trimestre

2. Las demás áreas programarán tres actividades significativas por trimestre.

3. Los trabajos de investigación o monografías tendrán que cumplir con las condiciones establecidas en el formato que se entregará previamente.

4. En Primaria, las tareas serán cortas, productivas y significativas, sin provocar tensión ni recarga en el alumno.

b) Las visitas de estudio y/o trabajos de campo solo se realizarán previa presentación de un proyecto que justifique su realización y deberá ser aprobado por la Directora de la Institución Educativa.

c) La visitas de estudio y/o trabajos serán comunicadas oportunamente a los padres de familia, especificando la finalidad y el lugar al que se trasladará su menor hijo(a).